La Ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones (Ley 25/2007 de18 de octubre) establece que los operadores de servicios de telefonía móvil prepago deberán llevar un registro en el que conste la identidad de los clientes. Los datos pueden ser requeridos por orden de un juez, con la finalidad de detectar, investigar y enjuiciar delitos graves.

Esta disposición entró en vigor el 9 de noviembre de 2007. A partir de esa fecha, las personas que compren tarjetas prepago tienen la obligación de identificarse en el registro de las operadoras.